Naturaleza jurídica

El 31 de mayo de 1958 fueron aprobadas las Reglas por D. Leopoldo Eijo y Garay, Patriarca de las Indias Occidentales y Obispo de Madrid-Alcalá. El Código de Derecho Canónico entonces vigente denominaba hermandades a las asociaciones de fieles que estaban constituidas a modo de cuerpo orgánico y erigidas para ejercer alguna obra de piedad o de caridad.

El 25 de enero de 1983 el papa san Juan Pablo II promulgó un nuevo Código de Derecho Canónico. Como consecuencia de lo cual se pidió a todas las instituciones de la Iglesia que acomodan sus estatutos o reglas a las nuevas normas canónicas. La Hermandad de la Cinta de Madrid, siguiendo este deseo de la Santa Sede, redactó el texto de los nuevos Estatutos que debían sustituir íntegramente a las antiguas Reglas y que fueron aprobados por el cardenal-arzobispo de Madrid, don Ángel Suquía y Goicoechea, el día 10 de marzo de 1993. Según estos estatutos la Real e Ilustre Hermandad de Nuestra Señora de la Cinta, Patrona de Huelva, en Madrid, es una asociación privada de fieles, con personalidad jurídica.

En el año 2018, desde la Delegación Episcopal de Fundaciones de la Archidiócesis de Madrid indica, que debido a que la Hermandad tiene como finalidad más característica promover devociones y el culto a Nuestra Señora de la Cinta, Patrona de Huelva. Por su relación con las actividades de culto, nuestra Hermandad  tienen que ser considerada como pública. Los actos de culto que desarrollan no pueden ser considerados jurídicamente más que como un bien público y, en consecuencia, la persona jurídica que lo lleva a cumplimiento debe poseer, en virtud del derecho, naturaleza jurídica pública, por lo que la Hermandad pasa a ser una asociación pública de fieles con personalidad jurídica

Cumpliendo la indicación del Arzobispado, la Junta Directiva elaboró unos nuevos estatutos que fueron aprobados en la Asamblea General Extraordinaria de 17 de diciembre de 2018 y que fue aprobado por el Emmo. y Rvdmo Sr. D. Carlos Osoro Sierra, Cardenal Arzobispo de Madrid por Decreto de 25 de junio de 2019.